Decanato de Agronomía

REGLAMENTO INTERNO DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS SOCIALES



Se elaboró el presente reglamento interno para lograr un desenvolvimiento ágil, armónico y eficaz de la unidad y por ende al crecimiento y buena marcha del Departamento.



DEL JEFE DE DEPARTAMENTO

Artículo 1. El Jefe de Departamento debe contribuir a la buena marcha y eficiencia del departamento cumpliendo y haciendo cumplir estas normas, las funciones y compromisos adquiridos de docencia, investigación, extensión y servicios.



DE LAS REUNIONES DEPARTAMENTALES

Artículo 2. Las reuniones departamentales se regirán por las siguientes normas:

    a. Se realizarán cada (15) quince días, en día y hora fijos.

    b. La asistencia a estas reuniones es obligatoria, salvo causa plenamente justificada.

    c. El Jefe de Departamento informará al resto de los miembros lo tratado en los Consejos de Decanato.

    d. Los puntos de agenda serán los planteados por el jefe de Departamento y el resto de los miembros integrantes de la unidad.

    e. Serán llevadas las actas de cada reunión de departamento en forma rotativa por los miembros asistentes.



DEL PERSONAL DOCENTE

Artículo 3. El personal docente tiene los siguientes deberes:

    a. Respetar los canales jerárquicos.

    b. Cumplir su trabajo con honradez y ética.

    c. Tener buena relación interpersonal y grupal en función del mejor logro de l os objetivos trazados.

    d. Guardar dentro del recinto departamental un comportamiento que contribuya a lograr un ambiente propicio para su trabajo y el resto de sus compañeros.

    e. Tener disposición permanente para la participación en coordinaciones y comisiones.

    f. Informar al Jefe de Departamento, a la Secretaria o llenar la ficha de asistencia donde se encuentra, si está fuera del departamento.

    g. Asistir a las reuniones de departamento.

    h. Elaborar los planes de docencia, investigación y extensión los cuales serán evaluados a fin de año lectivo.

    i. Tendrá responsabilidad de colaborar en el orden de los cubículos, contribuir a la conservación de las áreas de servicio sanitario, de café y mantenimiento de pizarra.



DE LA SECRETARÍA

Artículo 4. La Secretaria estará a cargo del personal asignado para tal fin y cumplirá sus funciones conforme a lo siguiente:

  • a. Serán transcritos con prioridad los memoranda o correspondencias inherentes a la gestión administrativa, los exámenes, las actas y las evaluaciones. Respetará el orden de entrega de los trabajos a ser pasados. Los trabajos personales podrán ser transcritos una vez hechos los señalados en los literales anteriores.
  • b. Tendrá bajo su responsabilidad y son de su exclusiva competencia el orden y manejo de archivos. Vigilar conjuntamente con el Jefe de Departamento la distribución racional de los útiles de oficina y artículos de limpieza.
  • c. Comunicar con el debido respeto al resto de los miembros del departamento los mensajes recibidos. Velar porque el acceso de las personas ajenas a la unidad se efectúe previa aprobación de la persona solicitada.
  • d. Dar acceso a los estudiantes y revalidantes solo en horas de consulta previamente fijadas por el profesor, salvo casos de urgencia planteados y aprobados por el docente.
  • e. Será responsable del ordenamiento, conservación y vigilancia de los materiales existentes en los depósitos y estanterías.



DE LA SALA DE REUNIONES

Artículo 5. El uso de la sala de reuniones se regirá por lo siguiente:

  • a. Será fundamentalmente para el trabajo en equipo de los miembros del departamento y reuniones departamentales.
  • b. Para la realización de actividades extra-departamentales deberá hacerse solicitud ante el Jefe de Departamento, quien autorizará su realización de acuerdo a su disponibilidad y bajo la responsabilidad de conservación del solicitante.



DE LA BIBLIOTECA

Artículo 6. El uso de la biblioteca se regirá por lo siguiente:

  • a. La Biblioteca del departamento de Ciencias Sociales será atendida por los miembros del personal administrativo asignado para tal fin. Solo se permitirá el uso de la Biblioteca en horario establecido y bajo la supervisión del personal encargado.
  • b. Todo préstamo de material debe llevar los requisitos de control. Dentro del recinto de la Biblioteca se debe guardar respeto y silencio.El personal del departamento se preocupará por la actualización de la información de la Biblioteca.



DEL USO Y MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE COMPUTACIÓN

Artículo 7. Los procedimientos para el uso y control de los equipos de computación se regirán por lo siguiente para garantizar la disponibilidad y calidad del servicio a todo el personal del Departamento:

  • a. El responsable de controlar la aplicación de las presentes normas será el Jefe del Departamento quien se apoyará en la Secretaria para las actividades relacionadas con solicitudes de uso, mantenimiento del equipo y disponibilidad de insumos.
  • b. El equipo de computación será de uso exclusivo del personal del Departamento para desarrollar trabajos estrictamente vinculados a sus funciones académicas y administrativas inherentes a la Unidad.
  • c. Para el uso del equipo de computación el personal deberá realizar su solicitud por escrito, en formatos disponibles, antes de las 12:00 m. del día viernes de cada semana, con el objeto de establecer la planificación semanal de la asignación del equipo. En el caso de que un profesor cancele su solicitud, deberá informarlo a la Secretaria con la mayor anticipación posible, a los efectos de efectuar la reprogramación correspondiente e informar sobre la disponibilidad de cupo a otros usuarios.
  • d. En la utilización de la computadora tendrá prioridad el trabajo administrativo, el cual se llevará a efecto preferiblemente en el horario de la mañana, dejando las tardes para el trabajo de los profesores. Este sistema se flexibilizará en la medida en que se dispongan de nuevos equipos.
  • e. Se destina el día Viernes, en horario de la tarde para la prestación del servicio de Internet. Estos estarán disponibles para fines estrictamente de consulta en el apoyo a las actividades académicas de los profesores dentro de la Unidad, quienes dispondrán de una hora semanal como tiempo máximo para utilizar el servicio, salvo aquellos casos en que la importancia del trabajo realizado por el profesor, requiera un tiempo mayor de consulta. El acceso a los servicios de internet, se realizará previa solicitud escrita, la cual debe formularse con por lo menos cuarenta y ocho (48) horas de anticipación. El tiempo disponible de los equipos para uso de internet será de tres (3) horas semanales, por lo cual los usuarios tendrán acceso rotativamente a los mismos. Se exceptúa al coordinador de la Página WEB del cumplimiento de esta norma, pues debido a la naturaleza de sus funciones tendrá acceso permanente a los equipos.
  • f. La recepción de correos electrónicos será verificada por la Secretaria al final de las mañanas, quien notificará a los profesores cuando éstos tengan correspondencia en el buzón. El envío de e-mails, se realizará cuando el usuario lo requiera, previa verificación por parte de la Secretaria de que no interfiere con las actividades programadas.
  • g. El uso del equipo fuera del horario normal de trabajo, requerirá autorización por parte de la Jefatura del Departamento y deberá ser indicado en la solicitud correspondiente.
  • h. En lo relativo a la utilización de las impresoras, será asignada la impresora de puntos a los trabajos administrativos ordinarios y a los borradores de materiales. Para los trabajos o documentos de carácter interinstitucional, trabajos de investigación, apoyo docente, extensión y cualquier otra impresión final cuya naturaleza requiera una presentación de calidad, se asignará la impresora de tinta.
  • i. El Jefe de Departamento debe solicitar ante las instancias pertinentes los insumos necesarios tales como disketes, cinta, cartuchos de tinta y papelería, para el uso de los equipos. En el caso de deficiencias en la provisión de insumos los usuarios podrán suplir la situación a través de las siguientes opciones:
    • - Aportes colectivos previo acuerdo en Reunión de Departamento.
      - Aportes individuales de materiales en función de la naturaleza y el volumen del trabajo a realizar.
      - Aportes a través de los proyectos de investigación y extensión financiados.

  • j. Para el control del uso del equipo se designará en Reunión de Departamento a un Profesor responsable, cuyas funciones serán las siguientes:

      - Diseñar y actualizar los formatos de solicitud del uso de los equipos.
      - Elaborar cuadro resumen semanal de las asignaciones de tiempo. - Vigilar el adecuado cumplimiento de los cronogramas de asignaciones.
      - Control de inventario de insumos, reportando al Departamento los requerimientos a que haya lugar.
      - Igualmente reportará las posibles fallas técnicas para que se tomen las medidas pertinentes.
      - Velará por la disponibilidad de espacio en el disco duro, a fin de garantizar la eficiencia en la utilización del mismo, para lo cual realizará revisiones semestrales del equipo.

  • k. Los usuarios deberán cumplir con las siguientes disposiciones para la utilización de los equipos:

      - Serán responsables de prender y apagar correctamente el equipo y la sala de computación, velar por su limpieza, recoger los borradores de trabajo, colocar los protectores y cerrar con llave.
      - No se debe comer, beber ni fumar dentro del área de computación.
      - Los equipos se restringirán en tiempo a una (1) hora cuando el aire esté apagado.
      - Cada usuario tendrá una carpeta en disco duro para registrar archivos de interés para el Departamento.
      - Los archivos que sean transitorios deberán ser borrados del disco duro.
      - Se permitirá el ingreso de software nuevo, previo análisis de su utilidad, y con el visto bueno del Jefe del Departamento.

  • l. El equipo de computación y sus accesorios, quedan sujetos a las normas de seguridad y protección de la UCLA.



DE LA CUSTODIA DE LOS BIENES DEL DEPARTAMENTO

Artículo 8. Es deber del personal docente, administrativo y obrero velar por el mantenimiento y conservación de los bienes del Departamento, el último en salir debe percatarse que el aire acondicionado, luces y cafetera estén apagados, la puerta esté cerrada y que la unidad no quede al acceso del público sin ningún miembro del personal en el recinto.



CONSIDERACIONES FINALES

Artículo 10. Cualquier otra consideración que no se establezca en esta norma quedará a la consideración en Reunión de Departamento.