ÁREA DE ATENCIÓN A DENUNCIAS, RECLAMOS Y SUGERENCIAS

Área de Atención a Denuncias, Reclamos y Sugerencias.



Objetivo

Proporcionar a la ciudadanía en general y a la comunidad universitaria los mecanismos más eficientes para la atención, tramitación, valoración y resolución de las denuncias, reclamos, quejas, peticiones y sugerencias que involucren todos aquellos servicios y actividades que realice la Universidad en el marco de sus funciones, cumpliendo con el derecho de la ciudadanía de su participación al control sobre la gestión pública.

Funciones

  1. Clasificar el caso recibido en denuncia, queja, reclamo, sugerencia o petición.
  2. Determinar si las denuncias, quejas, reclamos, sugerencias o peticiones son competencias de la Contraloría.
  3. Realizar la valoración jurídica de aquellas denuncias, quejas, reclamos, sugerencias o peticiones recibidas, que son competencia de la Contraloría.
  4. Elaborar la comunicación a fin de remitir el expediente de la denuncia, conjuntamente con su valoración jurídica, a la Dirección General de Control de la Contraloría, al órgano de control fiscal competente o para su archivo, según corresponda, cuando se trate de actos, hechos u omisiones contrarios a una disposición legal o sublegal, relacionada con la administración, manejo o custodia de fondos o bienes públicos.
  5. Elaborar el expediente de las denuncias, quejas, reclamos, sugerencias o peticiones, a los fines de su remisión a los organismos y entes competentes, cuando no se trate de actos, hechos u omisiones contrarios a una disposición legal o sublegal, relacionada con la administración, manejo o custodia de fondos o bienes públicos, y preparar la comunicación, a objeto de informar al ciudadano sobre dicha remisión.
  6. Elaborar la comunicación, a fin de informar a la autoridad a quien le corresponda, adoptar las medidas inmediatas tendentes a impedir o corregir las deficiencias denunciadas o la producción de daños al patrimonio público, de ser el caso, preservando en todo momento la identidad del denunciante.
  7. Registrar en el sistema de la Unidad de Atención al Ciudadano, los resultados de la tramitación de la denuncia, queja, reclamo, sugerencia o petición.
  8. Elaborar la comunicación, a objeto de informar al ciudadano la decisión o respuesta de las denuncias, quejas, reclamos, sugerencias o peticiones, formuladas por ellos.
  9. Las demás competencias que le sean asignadas por el responsable de la Oficina de Atención al Ciudadano