DIRECCIÓN DE FORMACIÓN DE PERSONAL ACADÉMICO (D.F.P.A)
PROGRAMA DE BECAS
Destinado a los docentes ordinarios que aspiren realizar estudios de IV y V Nivel, así como Pos-doctorados, actividades de formación y actualización durante la Licencia Sabática, en el país y en el exterior.
Igualmente, este programa está dirigido a la formación de Postgrado en Universidades Nacionales de jóvenes profesionales con elevado nivel académico, a fin de incorporarlos al plantel de docentes.
Se ofrece a través del financiamiento de la U.C.L.A. compartido con otros Organismos. Actualmente, se conoce como Programa de Generación de
Relevo.
NORMATIVAS
- El personal académico ordinario a Tiempo Completo o Dedicación Exclusiva, académicamente solvente, que realice estudios de Postgrado con autorización del Consejo Universitario y financiamiento U.C.L.A., firmará un contrato de Beca con la Universidad.
- El contrato de Beca tendrá una duración acorde a las especificaciones del Plan de Estudios de la Universidad en la cual el becario realice estudios de Postgrado.
- El financiamiento tendrá una duración máxima de cuatro (4) años. Solamente en los casos de que los estudios de Doctorado incluyan los estudios de Maestría se concederá financiamiento hasta un máximo de cinco (5) años.
- Se podrá conceder una única prórroga por seis (6) meses la cual contemplará solo la beca sueldo sin incluir beneficios adicionales.
- Los beneficios a otorgar se caracterizarán de acuerdo a la ubicación de la Institución en la cual se realizan los estudios.
a) Exterior:
- Beca Sueldo en su clasificación y dedicación.
- Complemento equivalente a la dedicación exclusiva en el caso de los profesores Tiempo Completo.
- Pasajes Aéreos en clase económica para el becario. Adicionalmente, pasajes aéreos en clase económica para cónyuge e hijos hasta por el valor equivalente a tres (3) pasajes de adultos, por una sola vez.
- Matrícula.
- Seguro, en concordancia a los beneficios contemplados por la protección social del ISPUCO a sus profesores.
- Gastos de Instalación y Reinstalación.
- Gastos de Libros y Tesis.
- Ayuda Complementaria Mensual.
b) Venezuela fuera del Estado Lara:
- Beca Sueldo en su clasificación y dedicación.
- Complemento equivalente a la dedicación exclusiva, en el caso de los profesores Tiempo Completo.
- Matrícula.
- Gastos de Instalación y Reinstalación, si el becario se residencia en otra ciudad.
- Gastos de Libros y Tesis.
- Ayuda Complementaria Mensual.
c) Estado Lara y áreas de influencia:
- Sueldo en su clasificación y dedicación.
- Complemento equivalente a la dedicación exclusiva en el caso de los profesores a Tiempo Completo, lo cual exigirán cumplir con la normativa referida a la Dedicación Exclusiva.
- Matrícula.
- Gastos de Libros y Tesis.
- El financiamiento de los beneficios establecidos en el numeral anterior puede ser compartido con otro Organismo externo. Cualquier excedente derivado del cofinanciamiento deberá ser reintegrado a la Universidad.
- En el Programa de Doctorado en convenimiento con Universidades Nacionales y Extranjeras podrán participar, adicionalmente a lo estipulado en la presente normativa, los profesores a tiempo convencional y medio tiempo con una actividad académica equivalente a la de un profesor Tiempo Completo (12 horas de docencia). Los beneficios a otorgar serán la matrícula, sueldo en su dedicación, gastos de libros y tesis.
- Los profesores contratados, postulados por el Decanato respectivo y autorizados por el Consejo Universitario, podrán realizar estudios de Postgrado en la U.C.L.A. y acogerse a la presente Normativa, para lo cual deberán firmar el respectivo Contrato.
- En concordancia con la Normativa de Aranceles para los Estudios de Postgrado de la U.C.L.A., los beneficios consistirán en:
- Exoneración de los pagos de inscripción, matrículas y exámenes de trabajo de grado.
- El becario tendrá los siguientes compromisos con la Universidad:
- Cumplir todos los requisitos del Postgrado.
- Solicitar la Reincorporación Académico – Administrativa de Beca una vez concluido el contrato.
- Incorporarse a las actividades académicas que le sean asignadas por el Departamento respectivo.
- Trabajar en la Universidad al menos por el doble del tiempo de duración de la Beca, en la condición de Tiempo Completo o Dedicación Exclusiva, en el caso de no haber tenido carga académica en la UCLA durante la realización de los estudios. De haber tenido carga académica durante el lapso de los estudios deberá trabajar en la Universidad un lapso igual a la duración de la Beca.
- En el caso de no finalizar con los requisitos exigidos por el Postgrado, el profesor deberá reintegrar los beneficios otorgados durante el lapso de la Beca, sanción que se aplicará una vez transcurridos cuatro (4) años del inicio de la Especialización o Maestría o seis (6) años del inicio del Doctorado.
- Los beneficios a reintegrar consistirán en:
- Beca sueldo, en el caso de no haber tenido carga docente en el Decanato.
- Complemento equivalente a la dedicación exclusiva, para los profesores Tiempo Completo.
- Matrícula.
- Pasajes Aéreos, si fuera el caso.
- Gastos de Instalación y Reinstalación.
- Gastos de Libros y Tesis.
- Ayuda Complementaria, si fuera el caso.
- Seguro.
- Cualquier otro beneficio otorgado en el lapso de la Beca.
- El becario que en alguna de las fases de los estudios de Postgrado o culminado los mismos, decida renunciar a la U.C.L.A., deberá reintegrar los siguientes conceptos:
- Beca sueldo por el doble del tiempo del lapso de la beca.
- Complemento equivalente a la dedicación exclusiva, para los profesores Tiempo Completo.
- Matrícula.
- Pasajes Aéreos, si fuera el caso.
- Gastos de Instalación y Reinstalación.
- Gastos de Libros y Tesis.
- Ayuda Complementaria, si fuera el caso.
- Seguro.
- Cualquier otro beneficio otorgado en el lapso de la Beca.
- Los profesionales contratados como generación de relevo en formación, quienes incumplan el contrato o no ingresen a la UCLA deberían reintegrar, además de los conceptos y montos financiados.
- Lo no previsto en la siguiente Normativa será resuelto por el Consejo Universitario.
NORMATIVA COMPLEMENTARIA PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE DOCTORADO EN BARQUISIMETO EN CONVENIMIENTO CON UNIVERSIDADES NACIONALES Y EXTRANJERAS
Para abrir un Programa de Doctorado se debe contar con un grupo conformado por lo menos de diez (10) profesores que cumplan con los siguientes requisitos:
Tendrán derecho a participar en el Programa:
1. Ser Profesor Ordinario, a Tiempo Completo o Dedicación Exclusiva.
2.Estar solvente académica y administrativamente con D.P.D.I., C.D.C.H.T., Dirección de extensión y D.F.P.A.
En los casos de los becarios que no hayan terminado los estudios en el tiempo establecido no podrán optar al Programa de Doctorado, con excepción de aquellos becarios cursantes de alguna Maestría, quienes hayan finalizado recientemente la escolaridad.
3.Contar con el aval de las instancias académicas del Decanato.
4. Situaciones especiales:
En los casos de los Profesores:
Jubilados con categoría de Asociado o Titular, podrán optar al Programa de Doctorado, sin embargo, el cupo dependerá de la disponibilidad de la Universidad Española. En este caso, el costo de la matrícula deberá ser asumido por el interesado.
5. Medio Tiempo y Convencionales que tengan una actividad académica equivalente a la de un Profesor a Tiempo Completo (12 horas de docencia) podrán optar a este Programa con los beneficios estipulados.
Obligaciones para el Becario:
1. Comprometerse en compartir las actividades del Doctorado con las responsabilidades docentes del Decanato.
2. Culminado el Doctorado, el Profesor deberá asumir el compromiso de trabajar en la Universidad por el doble del tiempo de duración del Postgrado realizado.
3. Debe plantearse una estadía en la sede principal de la Universidad que dicta el Programa de Doctorado, ésta deberá ser programada en común acuerdo con las instancias académicas del Decanato.
Obligaciones para la Universidad: (Para profesores condiciones 1 y 2)
1. Pago de Matrícula, Gastos de Libros y Tesis.
2.Organizar y desarrollar el Programa.
3.Asegurar la disponibilidad presupuestaria para tal fin.
4.Financiar la estadía del Profesor en la Universidad Española hasta por un lapso de seis (6) meses.
Planilla de Solicitud
Formato Fiador Becario
Formato Fiador Becario II
CARTA COMPROMISO PARA ASUMIR CARGA ACADEMICA DE ASPIRANTES A BECA
UCLA : Correo : Pregrado : Postgrado :